Mostrando entradas con la etiqueta Adopcion por Homosexuales. Mostrar todas las entradas
Mostrando entradas con la etiqueta Adopcion por Homosexuales. Mostrar todas las entradas

lunes, 13 de junio de 2016

El estado mexicano de Morelos aprueba la adopción por parejas homosexuales

El estado mexicano de Morelos abre las adopciones a matrimonios del mismo sexo. Asi lo ha confirmado Luis Ortiz Sakgado, Procurador de la Defensa del Menor y la Familia del Sistema DIF en Morelos. "Las adopciones de niños dieron un vuelco radical en esta administración, y se atajaron todo tipo de conductas irregulares cometidas en la administración anterior, dijo Ortiz Salgado.

“Se cometieron todo tipo de situaciones irregularidades y conductas delictivas para determinar qué niño querían, y las autoridades, en otras administraciones, accedían a que los niños fueran escogidos como si fueras a un lugar donde tu vas a adoptar un perrito y dices ‘a ver qué perrito me gusta’”, afirmó.


En el Foro Diario de Morelos, cuyo tema desarrollado fue “Adopción de niños, el dilema”, Ortiz Salgado afirmó que el Sistema DIF tiene la primera petición de una pareja del mismo sexo para adoptar a un menor, y en caso de cumplir con todos los requerimientos, podrán adoptar.

Cambios

En el caso de los cambios que realizó esta administración para entregar niños en adopción, el procurador afirmó que se diseñó todo un proceso vigilado, supervisado y autorizado por un consejo multidisciplinario cuyos integrantes determinan finalmente si es o no viable entregar al menor a las parejas solicitantes.

“Ya no es como antes”, dijo Ortiz Salgado, cuando bastaba con conocer a algunas autoridades para ingresar a los albergues y elegir al niño de su preferencia. “Ah ve allá a los albergues y a ver qué niño te gusta para que lo adoptes”, decían en ese tiempo.

“Entonces había denuncias porque se sobornaba a las autoridades de los albergues, porque daban preferencia a parejas; no había un orden de lista. Había parejas que nada más porque tenían sus conocidos en las autoridades responsables de estos procesos de adopción, los favorecían”, relató el procurador.

Ahora, un Consejo Técnico, donde está representada la ciudadanía, cuenta con un cuerpo multidisciplinario y se sigue una ciencia y técnica específica para escoger familias, analizar sus perfiles, su contexto socioeconómico, y en caso de aprobar se vuelven candidatos y pasan a una lista de espera. “Con el trabajo multidisciplinario que hacemos con los chavos y los niños vemos qué niños tienen le perfil para adaptarse a esos candidatos, y cuando ya se se tiene seleccionado al niño, derivado de un riguroso estudio sicológico, médico, de trabajo de compatibilidad con el niño, ahora sí se los presentamos”, describe Luis Ortiz.

“Los solicitantes no ven al niño hasta la etapa de preadopción. Simplemente los presentamos, pero no se les da enseguida sino que tienen que ir cada semana para ver cómo es el proceso de adaptabilidad. Los sicólogos observan el convivio y, dependiendo si ya se inició el juicio de adopción, empieza un proceso de adaptabilidad de los padres adoptivos con el niño”, afirmó el procurador

En control. Justino Miranda, entrvistó al Procurador de la Defensa del Menor y la Familia, quien describió los cambios que han hecho al proceso para que las parejas puedan adoptar.

"Con el trabajo multidisciplinario que hacemos con los chavos y los niños vemos qué niños tienen le perfil para adaptarse a esos candidatos, y cuando ya se se tiene seleccionado al niño (...) los presentamos.” Luis Ortiz Salgado, procurador de la Defensa del Menor

Adopción por parejas del mismo sexo

Según el Procurador de la Defensa del Menor y la Familia, las parejas del mismo sexo ya pueden adoptar porque se los permite la Ley de Matrimonios Igualitarios. Es un proceso donde se va a tratar a estas personas por igualdad de circunstancia y serán sometidas a la etapa de certificación como cualquier otra pareja heterosexual.

“Es algo que tenemos que visualizar, y también aquí tenemos que tener todo el respaldo de que la pareja que va adoptar va a tener la posibilidad con sus características propias del matrimonio”, dijo Ortiz Salgado.

Agregó que hace dos semanas recibieron la primera solicitud de un matrimonio de dos hombres que se casaron en el Distrito Federal y que presentaron su solicitud de adopción.
Ellos viven en Morelos y quieren adoptar, por lo que se les explicó el procedimiento como a cualquier otra pareja, para que vean los requisitos que deben cumplir y ya el consejo técnico de adopciones determinará, expuso. 

Por ahora la Ley de Matrimonios Igualitarios está siendo debatida en los 33 municipios del estado de Morelos y cuatro de ellos ya se pronunciaron a favor.

Proceso de adopciones:

Las parejas acuden por asesoría y presentan su solicitud de adopción.
Si cumplen con los requisitos se les capacita en un taller para padres.
Se someten a una evaluación psicológica, médica y de trabajo social.
Pasan por una certificación del Consejo Técnico de Adopciones.
Se les envía a la lista de espera.
Inicia el proceso de preasignación por el Consejo.
Se realiza la presentación y vinculación entre los solicitantes y el menor.
Se realizar una ficha de empatía.
Inicia el juicio de adopción.
Inicia el seguimiento de adopción cada seis meses.
Acuden al Registro Civil .

martes, 12 de abril de 2016

Aumentan las presiones para aprobar la adopción homosexual en Ecuador

“No estoy de acuerdo con la adopción de niños por parte de parejas del mismo sexo, porque creo que la naturaleza algo de razón debe tener y que los niños deben estar en la familia tradicional, conformada por hombre y mujer”. Estas eran las palabras con las que Rafael Correa, presidente de Ecuador, se oponía en 2013 a la adopción de niños por parte de parejas homosexuales.


En aquel momento también subrayó que la ideología de género era “peligrosísima” para el país y criticó que se tratara de imponer esa forma de pensamiento. Las críticas que recibió a causa de estas declaraciones por parte de los defensores y promotores de la ideología de género cambiaron la posición de Correa, que tan sólo un año después aseguró que su Gobierno era el que más había trabajado por los derechos del colectivo LGTBI.

En el año 2014, Ecuador reconocía las uniones civiles entre personas del mismo sexo, lo que suponía para estas parejas contar con todos los derechos del matrimonio excepto la adopción conjunta. Ecuador no abrió completamente la puerta a la ideología de género al seguir estableciendo en la Constitución que “el matrimonio es la unión entre hombre y mujer” y no permitir la adopción de niños por parte de parejas homosexuales.

Ahora, sin embargo, aumentan las presiones al Gobierno de Correa para que apruebe las adopciones por parte de parejas del mismo sexo. El caso que ha reabierto el debate sobre el tema lo protagonizan dos lesbianas inglesas que residen en Ecuador desde hace ocho años y que tienen una niña de cuatro que nació fruto de la inseminación artificial de una de las mujeres.

Helen Bicknell y Nicola Rothon decidieron inscribir a la niña en el Registro Civil de Ecuador con los apellidos de las dos en el año 2012. Sin embargo, al llegar al registro les informaron de que las leyes del país- que no contemplan la adopción por parte de parejas homosexuales- sólo permitían inscribir a la niña como hija de su madre biológica, de tal forma que en su carné de identidad sólo figuraría el apellido de la mujer que la concibió.

A partir de ese momento, Bicknell y Rothon iniciaron una batalla legal para poder inscribir a la niña con los apellidos de las dos mujeres, negándose a aceptar lo establecido por las leyes ecuatorianas. En Reino Unido, sin embargo, la niña sí ha sido inscrita como hija de ambas mujeres y tiene la ciudadanía inglesa. La negativa de la pareja a inscribir a la menor con un apellido ha supuesto que durante cuatro años no haya sido reconocida como ciudadana ecuatoriana.

El caso ha llegado hasta la Corte Constitucional de Ecuador, donde la pasada semana se escucharon los alegatos de la pareja. Bicknell y Rothon llegaron el pasado 30 de marzo de 2016 a la Corte Constitucional en Quito acompañadas por activistas del colectivo LGTBI, que han aprovechado este caso para volver a reivindicar la aprobación del matrimonio homosexual y de la adopción de niños por parte parejas del mismo sexo.

La Corte Constitucional deberá decidir ahora sí sucumbe a las presiones de la pareja demandante o mantiene la decisión que hasta el momento ha tomado la justicia ecuatoriana de respetar las leyes establecidas.

Fuente: Infovaticana
Texto: Lola González Giraldós

lunes, 22 de junio de 2015

La comunidad gay colombiana persigue la adopción de niños como un medio para legitimar su preferencia sexual

Alejandro Ordóñez Maldonado dirige la Procuraduría General de la Nación desde 2009, tras ser reelegido en 2013 para un nuevo periodo de cuatro años. Desde su llegada convirtió la lucha contra la corrupción en un eje de su mandato, conforme a las competencias de dicha importante institución colombiana en el control judicial y administrativo de los gobernantes y funcionarios y en la defensa de los derechos de los ciudadanos. 

Nacido en 1955 en Bucaramanga, Ordóñez es doctor en Derecho y Ciencias Políticas y ha sido concejal, juez y profesor universitario, completando una larga trayectoria de servicio público. Miembro del Partido Conservador y católico confeso y practicante, su tesis doctoral de 1979 versó sobre los Presupuestos fundamentales del Estado católico y ha escrito dos obras denunciando la ideología de género: Ideología de género: utopía trágica o revolución cultural (2006) y El nuevo Derecho, el nuevo orden mundial y la revolución cultural (2007).


En torno precisamente a estas cuestiones respondió durante una reciente estancia en Madrid, donde el pasado 28 de mayo pronunció una conferencia en la Real Academia de Jurisprudencia y Legislación sobre La justicia y el derecho ante el conflicto.

- Actualmente la Corte Constitucional colombiana está pendiente de decidir si permite la inscripción y formalización como matrimonio de uniones entre personas del mismo sexo. ¿Cuáles son las argumentaciones jurídicas de la Procuraduría General para esta cuestión?

Mi postura personal es que la familia es una institución natural, en tanto base histórica y biológica de la sociedad humana, y no un invento del hombre. Por eso no es fruto de la voluntad general, de la ideología de moda, o ni siquiera del derecho positivo. Por el contrario, lo que las constituciones, los instrumentos internacionales y la ley hacen es reconocer –que no establecer– la familia como núcleo e institución básica (e insustituible) de la sociedad, en tanto que constituida por un hombre y una mujer y, por tanto, capaz de generar nuevos seres humanos (y nuevos ciudadanos) y con el derecho y el deber natural de educarlos. 

Por eso nuestra postura institucional es que el artículo 42 de la Constitución de 1991 es diáfano en señalar que la familia se constituye por la unión de un hombre y una mujer. Ahora, en la sentencia C-577 de 2011 la Corte Constitucional cambió su jurisprudencia y dijo que la familia es una institución “maleable” e indeterminada, que se constituye por la mera convivencia y por la existencia de vínculos de afectividad y solidaridad, por lo que la diferencia sexual no es de su esencia. 

-¿Cómo valora la consideración como matrimonio de las uniones homosexuales desde el punto de vista de la adopción y de la protección de los derechos de filiación y mejor interés del menor?

Para la Procuraduría es claro que la adopción no es una institución creada para satisfacer los deseos de los adultos (tener hijos cuando por alguna razón no pueden) sino para garantizar el derecho y el interés superior de los niños y a tener una familia. Pues bien, este razonamiento sencillo y contundente desde el punto de vista jurídico y desde el sentido común, obviamente hizo crisis cuando la Corte Constitucional cambió la noción de familia. Y, como consecuencia de ello, el lobby gay o LGTBI pasó inmediatamente a pedir la adopción. 

Primero lo hizo equivocadamente pretendiendo defender el derecho a tener una familia de las parejas del mismo sexo y bajo el argumento de que como había dudas sobre si esa posibilidad era buena o no para los niños, pues había estudios en ambos sentidos, entonces esa duda debería resolverse en favor de esas parejas. Y ahora, advirtiendo de ese error y con algo más de astucia, lo pretende queriendo defender el derecho a la familia de los niños pues, aseguran, muchos son los niños que están en centros del Estado y no son adoptados, al mismo tiempo que no hay ningún estudio (ahora ya no) que diga que esta adopción afecte el bienestar de los niños. 

Nosotros obviamente no preferimos ni queremos que los niños pasen toda su infancia en esos centros, claro que no. Por el contrario, hemos hecho todo lo posible para que en nuestro país mejore la institución y el proceso de adopción, las cuales tienen muchos problemas desde hace muchos años. Pero creo que es muy deshonesto instrumentalizar a los niños, incluso manipulando las cifras sobre los niños en condición de adoptabilidad, a fin de promover la agenda favorable a la adopción gay o la llamada “adopción igualitaria”. 

El debate claramente nunca ha sido sobre los niños y, mucho menos, sobre los niños que en Colombia están en esta situación (de hecho este lobby también promueve la adopción “igualitaria” en países donde no hay ni mucho menos los mismos niños en esas condiciones, ¿verdad? Así como también promueven y pretenden la adopción de niños procreados artificialmente). Este debate es sobre sus deseos. Y, es más, la adopción de los niños la persiguen como un medio para legitimar su opción o preferencia sexual. 


Los grupos LGBT tuvieron que admitir al principio que hay estudios que muestran posibles daños a los niños adoptados por parejas del mismo sexo, así que cambiaron de estrategia.

Pero yo no soy científico ni creo que este debate pueda darse con estudios científicos, pues lo cierto es que los hay favorables y desfavorables a lo pretendido y, de hecho, incluso hay muy poca información disponible pues, precisamente, todo esto es muy nuevo, pues prácticamente comenzó a pretenderse en este nuevo siglo que recién comienza. Y además, me pregunto, si la otra parte dice que la naturaleza humana no existe (y por eso se opone a todo argumento que la invoque), entonces ¿para qué los estudios? Es decir, qué estudia la ciencia sino la naturaleza humana, ¿los deseos o las preferencias? 

El punto, entonces, es que las sociedades y los Estados, al menos hasta ahora, lo que siempre han querido para los niños (sus hijos, su futuro), es darles lo mejor posible. De igual forma, hasta donde nos enseña la experiencia no hay nada mejor para los niños que crecer en un hogar con papá y mamá (esto es, los dos sexos, pues son sólo dos, la ideología de género no tiene absolutamente ningún fundamento) y, como también lo ha demostrado la ciencia (la psicología, por ejemplo) y se demuestra cada vez más, es muy grave para los niños verse separados (por muerte, separación, enfermedad, etc.) de su padre o de su madre, o carecer de alguno de ellos. Y esto es precisamente lo que no se puede ofrecer a los niños con parejas homosexuales, un padre y una madre. Por eso digo: no se los quitemos o los dejemos sin ellos para suplir el capricho o el deseo egoísta de los adultos. Y tampoco experimentemos con ellos. 

-¿Existe una demanda social en Colombia para una ampliación de los supuestos de aborto declarados constitucionales en 2006, o se trata de una presión política? ¿Encajaría en el derecho colombiano una ley de plazos que estatuyese el aborto como derecho, sin protección para el no nacido durante un cierto periodo del embarazo?

No existe una demanda social para ampliar los supuestos como tampoco existió una para establecer los que existen. Desde que Colombia es una república el aborto siempre ha estado prohibido (incluso penalizado), nunca se ha aprobado por vía legal y todavía hoy la mayoría de la sociedad se opone a su práctica. ¿Por qué? Porque yo creo para la mayoría de los colombianos, como todavía hoy se afirma en los tratados internacionales de derechos humanos y la Constitución Política vigente, el derecho a la vida es inviolable y deben reconocerse los derechos inherentes e inalienables de todo ser humano, es decir, de toda persona. 

La mayor parte de la sociedad colombiana rechaza los cambios contra la vida y la familia que se están intentando introducir por la vía judicial, dejando de lado el poder legislativo.

Precisamente por eso, sabiendo eso, la despenalización parcial del aborto se dio por medio de un “litigio estratégico” ante la Corte Constitucional, minuciosamente planeado y financiado por organizaciones internacionales y contando incluso con una estrategia mediática. Y después de eso, lo que ha pasado –el tránsito del aborto como delito despenalizado en casos excepcionales y condicionados a un supuesto “derecho fundamental” y un servicio de salud de obligatoria y gratuita prestación pública- ha sido también por vía judicial o por medio de actos administrativos amparados, pues esto jamás creo que podría pasar por vía legal o por decisión del órgano legislativo. Incluso, una Sala de Revisión de la Corte llegó al punto de decir que, como esa corporación no había establecido un término para practicar el aborto, entonces nadie podía hacerlo o, en otras palabras, que el aborto puede hacerse en los nueves meses (tan poco le importó la vida humana e incluso la salud y la vida de la mujer gestante). 

Ahora tenemos que en una sentencia muy reciente, la T-532 de 2014, otra Sala de la Corte decidió instar al Congreso para establecer un término para resolver y tramitar las peticiones de aborto, así como para definir un término del embarazo en que pueda practicarse este mal llamado “procedimiento” (porque te digo que en realidad y es un asesinato). Creo que, en el escenario actual y cómo venían dándose las cosas, ese podría ser un mal menor. Sobre todo porque cada vez conocemos de más casos de médicos a quienes algunas ONG, jueces y autoridades pretenden imponer la obligación de certificar que el embarazo representa un riesgo para la salud o para la vida de las mujeres, o incluso, lo que es peor, de médicos y hospitales a quienes abiertamente se pretende imponer el deber de practicar abortos cuando las mujeres (o a veces incluso son más esas ONG) lo solicitan o desean, sin ninguna consideración sobre la salud de la mujer o del bebé, o sobre la salubridad del procedimiento (aun cuando, como lo reconoció la misma Corte en su última sentencia, esto en ocasiones exija cometer primero un “infanticidio” pues el bebé ya es completamente viable fuera del útero materno). Eso es una dictadura.

-Está presente en el debate actual sobre estos temas el papel de los tribunales constitucionales como legisladores “de facto”, sustituyendo la interpretación de los jueces a la voluntad del legislador original. ¿Cómo valora esta situación desde el punto de vista de la separación de poderes?

Simplemente me limitaría a decir que si en el artículo 16 de la Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano, allá en 1789, se dijo que un Estado que no tienen separación de poderes y no reconoce los derechos humanos no tiene Constitución, entonces es claro lo que debe decirse de un Estado en donde la Constitución no dice sino lo que un tribunal de expertos y sabios entiende que dice y debe decir en cada tiempo (esa es la teoría de la “Constitución viviente”) y en donde ese tribunal es juez del legislador, del ejecutivo, de los jueces e incluso del mismo poder constituyente. Creo que fue alguno de los llamados padres fundadores de los Estados Unidos quien dijo que si la Constitución únicamente era lo que la Corte dijera, entonces ya no eran una sociedad libre sino una sociedad de esclavos. 

-Por último, ¿cree que es posible, en la conformación actual y misión de las cortes constitucionales en todo el mundo, mantener el vigor jurídico de la ley natural como instancia superior al derecho positivo?

-Creo que los debates sobre el aborto y sobre el matrimonio y la adopción homosexual, sobre las que usted me ha preguntado, son ocasión perfecta para hacerse esa pregunta. Es claro que existe hoy y, de hecho en cierta forma siempre ha existido (aunque tal vez hoy es más dramático), una gran distancia, una brecha, entre la realidad social y lo que las normas jurídica positivas dicen –que, para los positivistas, es la voluntad popular, y para los ius naturalistas, debe ser el reconocimiento del derecho natural-. 

Una distancia y, en ocasiones, casi una ruptura entre lo que dice la Constitución, lo que dicen los tratados internacionales de derechos humanos, lo que dice la ley y lo que la gente vive. Pero ante esa distancia, ¿cuál es el papel del juez y, específicamente, del juez constitucional? ¿Debe acercar la realidad al derecho (entendido como justo) o debe acercar el derecho (entendido como norma positiva) a la realidad? ¿Debe decirle a los ciudadanos: vivan como la voluntad popular dice que se debe vivir (en el positivismo) o como la razón reconoce que se debe vivir (en el ius naturalismo), porque es lo más justo, o debe en sus providencias simplemente ponerles un espejo a fin de decirles “así viven ustedes”, “ésta es su realidad”? Que, en pocas palabras, no es otra cosa que decir: vivan como quieran.

Aunque tal vez aquí ya esté la respuesta a su pregunta, me permitiría agregar: si antes el positivismo fracasó porque el hombre tuvo que reconocer, luego de grandes horrores, que no todo lo que diga la ley es derecho; tarde que temprano no podrá dejar pasar lo mismo cuando el ser humano, luego de otros grandes y tal vez peores errores (contrarios a la naturaleza humana y al bien común), advierta que el derecho no puede ser simplemente lo que las Cortes o los tribunales digan.

Fuente: Religión en Libertad

miércoles, 13 de mayo de 2015

El 73% de los colombianos está en contra de adopción gay

Una encuesta realizada por la firma Ipsos Napoleón Franco para la Revista Semana y RCN reveló que el 73% de los colombianos se opone a que las parejas del mismo sexo puedan revelar.

El estudio entrevistó a 1.335 personas de todo el país a propósito del tema, que en la actualidad es estudiado por la Corte Constitucional. A favor de la adopción gay se mostró el 24% de los encuestados, mientras que el 3 % restante no sabe o no contesta.

La Corte Constitucional rechazó el pasado 18 de febrero la adopción por parejas del mismo sexo, si bien mantuvo la opción de hacerlo cuando el niño es hijo biológico de uno de los dos.

Esa decisión siguió la línea de una resolución del Constitucional en agosto de 2014, cuando aprobó la adopción de una niña por parte de una mujer que es pareja sentimental de la madre biológica. Además, ya ha dado su visto bueno al derecho de los homosexuales a adoptar niños, pero de forma individual.

Tras estos antecedentes, el alto tribunal estudia desde hace meses la ponencia sobre la adopción por parte de parejas del mismo sexo, cuestión que registró un nuevo empate el pasado 7 de abril, cuando se votó una segunda demanda basada en el derecho de los niños a tener una familia.

Según establecen las normas internas de la Corte, en caso de que en la próxima reunión se produzca otro empate se recurrirá al voto de Jaime Córdoba, uno de los 18 conjueces elegidos al azar, algo que se espera que ocurra en los próximos días.

Fuente: Publimetro

miércoles, 5 de noviembre de 2014

El proyecto de Ley de Adopciones de Honduras levanta la polémica entre la comunidad homosexual

El proyecto de ley de adopciones en Honduras, presentado por Waldina Paz, diputada del Congreso Nacional, ha generado polémica entre diversos sectores, principalmente de los miembros de la comunidad lésbico-gay, quienes la consideran discriminatoria.


Pese a las críticas, la parlamentaria explicó que esta normativa era necesaria en el país, ya que no hay una que regule este proceso. Respecto a la prohibición de que parejas del mismo sexo puedan optar a la adopción, dijo que eso no es más de lo que establece la Constitución de la República en los artículos 112 y 116. “Lo que sucede es que se ha satanizado esta ley con esa disposición que ya está en la Constitución y yo no puedo ir sobre ella. En Honduras no existen los matrimonios entre personas del mismo sexo”, dijo Paz.

El artículo 116 de la Carta Magna estipula que se reconoce el derecho de adopción a las personas unidas por el matrimonio o la unión de hecho y prohíbe dar en adopción niños o niñas a matrimonios o uniones de hecho conformados por personas del mismo sexo.

Error jurídico

Erick Martínez, defensor de los derechos humanos de la comunidad lésbico-gay, reconoció que la Constitución prohíbe la adopción para personas del mismo sexo, pero estimó que se trata de una violación de los derechos humanos.  “Sabemos que la Constitución se trastocó en 2004 para violentar los derechos de una comunidad específicamente; más bien, la ley de adopciones reafirma una violación de los derechos humanos que es discriminatoria”, lamentó.

De igual manera calificó como un error jurídico el artículo 116 porque, según él, no se puede prohibir la adopción si no se reconoce el matrimonio entre homosexuales. “Ese es un error jurídico que está y los juristas tienen que tener claro que el fin primordial es la dignidad humana y aquí en Honduras vemos muchos errores al legislar”, apuntó.

Trámite

Felipe Morales, quien aún funge como director del desaparecido Instituto de la Niñez y la Familia (Ihnfa), ahora Dirección de la Niñez, Adolescencia y Familia (Dinaf), explicó que este ente solo se encarga del proceso administrativo. “De manera general aclaro que la institución ha realizado el trámite administrativo y paralelo a este va un proceso judicial”, apuntó.

Felipe Morales, director del liquidado Ihnfa, ahora llamado Dinaf, calculó que unos 200 empleados han sido despedidos de la institución, de los 1,100 que, se estima, saldrán de la institución. “Originalmente eran 1,100 trabajadores y se ha despedido a más de 200, por lo que quedan unos 800 empleados por despedir”, indicó. Lo anterior obedece a que el presidente de la República ordenó la eliminación del Ihnfa para dar paso a la Dinaf y, con ello, la liquidación de gran parte del personal.

Fuente: La Prensa

jueves, 30 de octubre de 2014

Ricky Martin pide que se apruebe la Ley de Adopciones que permita la adopción a parejas homosexuales portorriqueñas

El cantante Ricky Martin pidió ha pedido a los máximos responsables del poder ejecutivo y legislativo de Puerto Rico que aprueben de una vez la ley con la que se quiere autorizar la adopción de niños por parte de parejas homosexuales de la isla.

El artista puertorriqueño, abiertamente gay y padre de los gemelos Matteo y Valentino, expresó la semana pasada su oposición a la decisión del juez federal Juan Pérez Giménez de rechazar una demanda presentada por varias parejas homosexuales que solicitaban que sus matrimonios contraídos en otros estados de EE.UU. fueran reconocidos en Puerto Rico.

"Lamento decisión en Puerto Rico sobre #matrimonioigualitario, pero sé que venceremos en apelación. Todos los derechos para todos los amores", dijo el artista también en su cuenta de Twitter.


En opinión del juez, la política puertorriqueña en cuanto a los matrimonios entre personas del mismo sexo no deben decidirla los jueces, sino el poder legislativo de la isla, tras el debate entre la ciudadanía y sus representantes electos.

"De la Constitución de Puerto Rico no emana el derecho al matrimonio del mismo sexo, por lo que el Estado Libre Asociado (de Puerto Rico) no está obligado a reconocer tales uniones", dijo el juez al argumentar su decisión. 

Fuente: Primera Hora

domingo, 22 de junio de 2014

Parlamentarios oficialistas piden incluir a parejas homosexuales en Ley de Adopción chilena

El miércoles pasado, el ministro de Justicia, chileno José Antonio Gómez, asistió a la Comisión de Familia de la Cámara para exponer sobre la nueva Ley de Adopción en la que trabaja el gobierno de Chile.

En la ocasión, algunos de los parlamentarios le solicitaron al secretario de Estado que La Moneda considere la opción de incluir en ese texto el nuevo estado civil que se fijará en el Acuerdo de Vida en Pareja (AVP), proyecto que regula las uniones entre parejas hetero y homosexuales. Hasta ahora, en el AVP -que se está tramitando en el Senado- se determina como “convivientes” a quienes suscriban este contrato, aunque ya se encargó a la Biblioteca del Congreso un estudio para evaluar la opción de modificar ese concepto.

Así, la idea es que la Ley de Adopción chilena considere a las parejas de distinto o igual sexo que suscriban el AVP y que quieran adoptar. Si bien actualmente un soltero o soltera homosexual puede optar a un proceso de adopción, el objetivo es consagrar oficialmente en la ley que parejas homoparentales tengan los mismos derechos.

Consultado al respecto, Gómez evitó entregar detalles y señaló ayer que “todos los temas que planteen los parlamentarios los vamos a estudiar, pero no hemos entrado en ese debate”.

Pese a ello, algunos sectores del oficialismo exteriorizaron ayer esta petición. “Tenemos que avanzar hacia una sociedad igualitaria. Cae de maduro que en la Ley de Adopción se debe incluir el estado de ‘conviviente’”, sostuvo el diputado Ramón Farías (PPD), integrante de la Comisión de Familia.

En la misma línea se manifestó su par Daniel Farcas. “Me parece importante privilegiar siempre el bienestar de los niños y niñas. Hay que buscarles un hogar. El gobierno debe incluir en la Ley de Adopción a todas las parejas que tengan intención de adoptar”, dijo. 

La diputada PS Daniella Cicardini, en tanto, sostuvo que “claramente, después deberá converger con esta ley la nueva figura legal que creará el AVP”, aunque pidió resolver en primer lugar los temas centrales de la Ley de Adopción.

Entre otras cosas, en ese proyecto -ingresado bajo el gobierno de Sebastián Piñera- se flexibilizan algunos requisitos, vinculados con el estatus que tienen las parejas chilenas y extranjeras, y se determinan nuevos límites de edad.

El tema genera dudas en la Alianza y en algunos sectores de la Nueva Mayoría. En ambos bloques sostienen que incluir la adopción por parte de parejas homosexuales llevará inevitablemente a discutir inmediatamente el matrimonio igualitario, tema que genera una fuerte resistencia.

Sin embargo, el presidente de la DC, Ignacio Walker, ya se abrió, tras el 21 de mayo, a discutir la adopción por parte de parejas homosexuales. Y el jefe de los diputados DC, Matías Walker, dijo ayer que “deben verse caso a caso las parejas que postulan a una adopción, pero no soy partidario de discriminar a priori ni a convivientes ni a convivientes homosexuales, toda vez que, además, estamos creando un nuevo estado civil en el Acuerdo de Vida en Pareja”. El parlamentario agregó que “lo lógico es asignarles a esas personas que tendrán ese estado civil derechos y deberes, y uno de esos derechos debiera ser postular a un proceso de adopción”.

El senador Alejandro Navarro (MAS), que integra la Comisión de Derechos Humanos de Chile -instancia que verá el proyecto-, agregó que “la Ley de Adopción no debe tener ningún tipo de discriminación, para que las familias monoparentales también puedan adoptar”.

Fuente: La Tercera