viernes, 22 de abril de 2016

El gobierno peruano reconoce que vivir en familia es un derecho básico y fundamental para el desarrollo integral del ser humano

El Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables (MIMP) está promoviendo la adopción prioritaria de 329 niños, niñas y adolescentes (NNA), mayores de 9 años, de los cuales 148 tienen necesidades especiales, 111 son grupos de hermanos, 45 son adolescentes, 17 presentan problemas de salud y 8 son niñas y niños de 9 a 12 años de edad.

El Ministerio de Infancia y Mujer en Perú (MIMP) reconoce que vivir en familia es un derecho básico y fundamental para el desarrollo integral del ser humano, por ello, a través de la Dirección General de Adopciones, busca brindar un hogar definitivo a cada NNA, susceptible de ser adoptado, respetando su interés superior y la selección rigurosa de las eventuales familias que desean adoptar.

Hasta febrero pasado, del grupo de adopciones prioritarias, fueron adoptados 11 niñas y niños, 3 por familias peruanas y 8 por familias extranjeras.

Asimismo, entre enero y febrero 27 niñas, niños y adolescentes NNA fueron adoptados, 12 por familias peruanas y 15 por extranjeras. El 2015 se realizaron 176 adopciones, 104 por familias peruanas y 72 por extranjeras.

A la fecha, 245 familias aptas se encuentran en lista de espera para adoptar un NNA, 58 son personas solteras. Del total de familias interesadas en la adopción, 217 son peruanas y 82 son extranjeras.

Para que un NNA pueda ser adoptado tiene que haber una declaración que dé cuenta de su situación de abandono, que la emite el Poder Judicial.

Previamente, el MIMP tiene que hacer una investigación que toma 8 meses en promedio y luego solicita la declaración de abandono que debería tomar no más de 3 meses.

Mensualmente los juzgados declaran en abandono entre 10 a 12 niñas, niños y adolescentes.

Los adultos que pretendan adoptar a un menor pueden ser solteros, parejas por unión de hecho o casados; deben gozar de buena salud física y mental, y acreditar solvencia moral y económica.

El proceso de selección dura 7 meses, 3 de capacitación y 4 de evaluación psicológica y legal. Al final, pasan a integrar la única lista de adoptantes en espera.

domingo, 17 de abril de 2016

Información sobre la adopción en Puerto Rico

En el Estado de Puerto Rico la adopción debe tramitarse a través de una Ecai o agencia de adopción autorizada por el gobierno puertorriqueño. No existen antecedentes de familias españolas que hayan adoptado en Puerto Rico. Tampoco existe en España alguna ECAI autorizada para tramitar las adopciones de menores puertorriqueños.

(Información actualizada en abril de 2016)



QUIEN PUEDE SER ADOPTADO:

- Menores de edad no emancipados
- Menores de edad emancipados por decreto judicial o por concesión de los padres
- Menores huérfanos de ambos padres y que carecen de otros familiares con los que hubiesen establecido lazos afectivos.
- Menores cuyos padres deciden renunciar a la patria potestad
- Menores considerados como adoptables
- Menores en estado de abandono y que se desconozca su procedencia

QUIEN PUEDE ADOPTAR:

- Residentes al menos los 6 meses anteriores a la solicitud de adopción y de manera ininterrumpida.
- Ser mayor de 18 años
- Tener al menos 14 años más que el menor adoptado.
- Matrimonios, solteros, viudos y divorciados.
- Parejas homosexuales.



DOCUMENTOS QUE FORMAN PARTE DEL EXPEDIENTE DE ADOPCIÓN:

- Certificado de Idoneidad
- Informe psicosocial
- Pasaporte en Vigor
- Certificado de antecedentes penales
- Certificado médico oficial
- Certificado de Nacimiento
- Certificado de Matrimonio
- Certificado de la última declaración de la renta

PROCEDIMIENTO:

Las solicitudes de adopción deben presentarse ante la Administración de Familias y Niños (ADFAN) del Departamento de Familia y a la hora de asignar a un menor se tendrá en cuenta la antigüedad de la solicitud. Los menores propuestos para la adopción serán sometidos a un examen médico y contarán con un estudio social y familiar donde se reflejarán todos los datos conocidos del menor adoptable. Para el gobierno puertorriqueño tendrán prioridad para adoptar los familiares del menor, siempre y cuando sean considerados idóneos para adoptar y hasta el tercer grado de consangüineidad.

Registro Estatal Voluntario de Adopción de Puerto Rico (REVA) es el organismo donde están inscritos todos los menores adoptables en el país. La adopción se constituye a través de una sentencia de adopción emitida por un tirbunal de Puerto Rico.



PLAZOS DE ESPERA:

Por ley el procedimiento de adopción será expedito y deberá ser terminado en su totalidad dentro del término máximo de 120 días, a partir de la presentación de la petición de adopción y hasta su resolución.
- Si los solicitantes tienen ya el/la candidato(a) a adopción , deben hacer la petición al Tribunal de Primera Instancia como corresponde.
- Si los solicitantes no tienen el/la candidata(a) a adopción, pueden visitar la Unidad de Adopción más cercana a su residencia.

AUTORIDADES EN MATERIA DE ADOPCIÓN:

ADFNA
PO Box 194090
San Juan, PR00919-4090

Edificio Lila Mayoral #306
Ave. Barbosa
San Juan
Puerto Rico

martes, 12 de abril de 2016

Aumentan las presiones para aprobar la adopción homosexual en Ecuador

“No estoy de acuerdo con la adopción de niños por parte de parejas del mismo sexo, porque creo que la naturaleza algo de razón debe tener y que los niños deben estar en la familia tradicional, conformada por hombre y mujer”. Estas eran las palabras con las que Rafael Correa, presidente de Ecuador, se oponía en 2013 a la adopción de niños por parte de parejas homosexuales.


En aquel momento también subrayó que la ideología de género era “peligrosísima” para el país y criticó que se tratara de imponer esa forma de pensamiento. Las críticas que recibió a causa de estas declaraciones por parte de los defensores y promotores de la ideología de género cambiaron la posición de Correa, que tan sólo un año después aseguró que su Gobierno era el que más había trabajado por los derechos del colectivo LGTBI.

En el año 2014, Ecuador reconocía las uniones civiles entre personas del mismo sexo, lo que suponía para estas parejas contar con todos los derechos del matrimonio excepto la adopción conjunta. Ecuador no abrió completamente la puerta a la ideología de género al seguir estableciendo en la Constitución que “el matrimonio es la unión entre hombre y mujer” y no permitir la adopción de niños por parte de parejas homosexuales.

Ahora, sin embargo, aumentan las presiones al Gobierno de Correa para que apruebe las adopciones por parte de parejas del mismo sexo. El caso que ha reabierto el debate sobre el tema lo protagonizan dos lesbianas inglesas que residen en Ecuador desde hace ocho años y que tienen una niña de cuatro que nació fruto de la inseminación artificial de una de las mujeres.

Helen Bicknell y Nicola Rothon decidieron inscribir a la niña en el Registro Civil de Ecuador con los apellidos de las dos en el año 2012. Sin embargo, al llegar al registro les informaron de que las leyes del país- que no contemplan la adopción por parte de parejas homosexuales- sólo permitían inscribir a la niña como hija de su madre biológica, de tal forma que en su carné de identidad sólo figuraría el apellido de la mujer que la concibió.

A partir de ese momento, Bicknell y Rothon iniciaron una batalla legal para poder inscribir a la niña con los apellidos de las dos mujeres, negándose a aceptar lo establecido por las leyes ecuatorianas. En Reino Unido, sin embargo, la niña sí ha sido inscrita como hija de ambas mujeres y tiene la ciudadanía inglesa. La negativa de la pareja a inscribir a la menor con un apellido ha supuesto que durante cuatro años no haya sido reconocida como ciudadana ecuatoriana.

El caso ha llegado hasta la Corte Constitucional de Ecuador, donde la pasada semana se escucharon los alegatos de la pareja. Bicknell y Rothon llegaron el pasado 30 de marzo de 2016 a la Corte Constitucional en Quito acompañadas por activistas del colectivo LGTBI, que han aprovechado este caso para volver a reivindicar la aprobación del matrimonio homosexual y de la adopción de niños por parte parejas del mismo sexo.

La Corte Constitucional deberá decidir ahora sí sucumbe a las presiones de la pareja demandante o mantiene la decisión que hasta el momento ha tomado la justicia ecuatoriana de respetar las leyes establecidas.

Fuente: Infovaticana
Texto: Lola González Giraldós

domingo, 3 de abril de 2016

¿Adopciones ilegales en Nicaragua? El temor de las familias a las que les quitan sus hijos

De nada sirvieron los gritos, ni las lágrimas. La familia de la pequeña Fraydell Castillo reclamó por varios medios que la devolvieran, después de que hace algunos meses fue sustraída por el Ministerio de la Familia porque supuestamente estaba en abandono. El último día hábil, antes de las vacaciones de Semana Santa, la justicia de Nicaragua declaró a la menor en total abandono.

"La niña no estaba en desamparo, porque me tenía a mí, tenía a su papá y a mi mamá”, dice su madre biológica Elba Cruz, quien no la ve desde octubre pasado, y tampoco le han dicho cómo ni dónde se encuentra.

Cuando la institución llegó por la niña, ella se encontraba al cuidado de su abuela materna, Ana Francisca Gómez, mientras su madre trabajaba como empleada doméstica. Dice que los funcionarios del Ministerio la arrebataron de su andarivel y solo le dijeron que llegaban por ella.

El abogado de la familia, Edgard Araúz, asegura que no fueron comunicados que el Ministerio entabló un proceso judicial para declarar a la niña en desamparo. A pesar que ellos son de una población rural llamada San Juan de Limay en Estelí, a unas cinco horas de Managua, el juicio se realizó en la ciudad de Jinotepe al otro lado del país.

“Debió haber sido en todo caso en la cabecera departamental, que es Estelí o en su defecto en su defecto el lugar donde está asentado en el Consejo Nacional de Adopción, que en este caso no es este municipio, sino que debió haber sido en Managua”, dice el abogado. Ahora apelarán la sentencia. Su mayor miedo es que la pequeña sea dada en adopción.

Pero este caso no es el único: Sidney Romero dice que el Ministerio también le quitó a sus dos hijas. Por falta de recursos tuvo que acudir a la Defensoría Pública para que lleve su caso, pero dice que todo esfuerzo ha sido en vano, ya que no le dan respuesta. “Me están quitando el cariño de ella y ahora que me digan que me la van a dar en adopción, como que yo no parí, como que yo no tuve”, dice consternada.

Jennifer Zeledóno dice que a ella también le quitaron a su hijo cuando tenía un mes de nacido, y ella enfrentaba una depresión postparto. “Yo necesito saber qué van a hacer con el niño, el niño no se puede ir en adopción, porque el niño tiene quien responda por él”, reclama la joven madre.

Estos casos los dio a conocer el Centro Nicaragüense de Derechos Humanos, que asegura que en los últimos meses  ha recibido seis denuncias de este tipo, las cuales incluyen al menos ocho niños. La organización asegura que el Ministerio de la Familia no está siguiendo el proceso correctamente.

Según el Código de la Niñez y la Adolescencia, el Ministerio de la Familia brindará protección cuando un menor se encuentre en situación de riesgo. Para ser dados en adopción, la primera opción serán sus familiares consanguíneos. Un proceso que supuestamente se está omitiendo, o se está llevando a cabo irregularmente.

“Los casos que tenemos dicen que los dieron en adopción o están para darse en adopción y nosotros no tenemos participación de eso”, asegura Gonzalo Carrión, del Centro Nicaragüense de Derechos Humanos.

CNN intentó comunicarse con el Ministerio de la Familia para saber qué tienen que decir al respecto pero no ha recibido respuesta y tampoco han reaccionado a las denuncias públicas sobre los menores.

Fuente: CNN