sábado, 5 de noviembre de 2016

Panamá crea una comisión para analizar la ley de adopción



Motivados por la existencia de diferentes iniciativas legislativas, la Secretaría Nacional de Niñez Adolescencia y Familia (Senniaf) de Panamá, instaló el pasado día 1 de noviembre la Comisión Técnica para la revisión y análisis de las distintas propuestas.

En la comisión creada por la Senniaf tienen participación diferentes actores de la sociedad civil organizada, la jurisdicción de niñez y adolescencia y otras dependencias del Estado relacionadas al tema.

Los proyectos que ocupan la atención del Senniaf son el anteproyecto de ley 73, que adiciona artículos a la Ley 46 de 2013 General de Adopciones de Panamá sobre el proceso de adopción para familias acogentes, y el proyecto de ley 379, que regula la protección de los recién nacidos víctimas del abandono, la cual adiciona un artículo al Código Penal y dicta otras disposiciones, y con el fin de darle seguimiento a las recomendaciones de la Comisión Evaluadora de la Adopción y las Normas de Protección de la Infancia y la Adolescencia..

La propuesta sobre el proceso de adopción para familias acogentes, analizada en la Comisión de la Mujer y la Familia, fue presentada por la diputada Athenas Athanasiadis y busca dar prioridad a las familias al momento de adoptar, siempre que cumplan con los requisitos.

La diputada Athanasiadis explicó que la iniciativa nació después de que se dio a conocer el caso de una niña que llevaba cuatro años con una familia acogente y la Secretaría Nacional de Niñez, Adolescencia y Familia, por cumplir con las normas, se la daría en adopción a otra familia, en detrimento de la salud emocional de la menor.

‘Presentamos esta modificación que da prioridad a las familias acogentes para resguardar los derechos del niño', explicó la diputada.

En la ley vigente no se considera a la familia acogente, que es la encargada de dar resguardo familiar de forma temporal con control jurisdiccional.

Sobre el tema, la diputada mencionó que no es justo que la burocracia administrativa del sistema prolongue las etapas del proceso que están supuestas a ser temporales, complicando la vida de los menores puestos a cargo de las personas que los han acogido.

De prohijarse el anteproyecto, la ley modificaría dos artículos, el 1 y 2, señalando que cuando una familia o persona acogente desee formalizar su solicitud de adopción sobre un niño, niña o adolescente que haya sido puesto previamente bajo su guarda, puede hacerlo, siempre que cumpla con los requisitos exigidos por la ley.

miércoles, 26 de octubre de 2016

El fallido sistema de adopciones de Colombia

A más de 21.000 menores colombianos que hoy están bajo protección del ICBF se les extingue día a día la posibilidad de tener hogar dentro o fuera de Colombia. Un drama humano y social cuyas consecuencias están por verse.

Un bebé de apenas 3 meses quedó enyesado desde las piernas hasta los hombros por cuenta del maltrato que le propinaron sus padres biológicos. Tras recibir la atención médica necesaria, el pequeño fue trasladado del hospital a una institución de protección. Y de inmediato se ganó el corazón de todos cuando llegó forrado en yeso y sonriente. Era más que conmovedor ver en él tanta desgracia y al mismo tiempo su risa aún sin dientes. Con el pasar del tiempo se recuperó plenamente, y de su infortunio de hace casi tres años solo conserva la alegría. Pero el niño sigue en la institución de protección, atado a complejos trámites judiciales: aunque está claro frente a la ley que no volverá con sus padres agresores, su situación legal no se ha resuelto lo que impide entregarlo en adopción a una nueva familia.



El limbo en el que está este pequeño no es un caso aislado. El drama se repite por miles. Cada mes cerca de 2.000 menores engrosan el sistema de protección del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF), que tiene 112.504 niños actualmente. El ICBF es la autoridad, pero en el país también ocho instituciones privadas están acreditadas para desarrollar el programa de adopción. Entre las más reconocidas están Los Pisingos, Cran, Fama y Casa de la Madre y el Niño.

Los menores de edad cuyos derechos son gravemente vulnerados ingresan al sistema de protección. Bien puede ser en una sede del ICBF o en una institución autorizada, donde les proveen lo básico. Según la ley, los infantes allí deberían permanecer máximo seis meses, tiempo en el que los defensores de familia tienen que surtir un proceso administrativo de restitución de derechos. Según cada caso, el defensor debe determinar si devuelve al niño a su familia original o si lo declara ‘en adoptabilidad’.

El gran lío del sistema es que de 25.056 niños y adolescentes institucionalizados un 60 por ciento está en el limbo: ni se les retorna a sus hogares de origen, ni reciben la declaración legal con que se da apertura al proceso de adopción. De acuerdo con el ICBF hay 14.914 menores declarados en vulneración de derechos y a la espera de definir su situación social y legal. Algo que puede tardar años, lustros, y en no pocos casos la niñez entera.

Los defensores de familia, funcionarios del ICBF, tienen la potestad de tomar la determinación, pero se abstienen de ello por temor a incurrir en faltas disciplinarias, pues deben cumplir el Código de la Infancia y la Adolescencia y a su vez los desarrollos jurisprudenciales de la Corte Constitucional. Y el tribunal ha emitido una serie de decisiones en las que profundiza los procedimientos con miras a garantizar los derechos de los menores. En la sentencia más controvertida, la T-844 de 2011, la corte exige que antes de que un menor sea declarado en adoptabilidad se agote la búsqueda de hogar entre sus parientes hasta el sexto grado de consanguineidad. El resultado es que los defensores no pueden definir con prontitud sin exponerse a una sanción de la Procuraduría, y mientras tanto los menores crecen sin hogar en las instituciones con un gravísimo impacto en su desarrollo emocional.

A esos casi 15.000 menores en el limbo hay que sumar otros 6.367, quienes aunque ya son adoptables tienen muy pocas posibilidades reales de dar con un nuevo hogar. Integran este grupo los niños mayores de 10 años, grupos de tres o más hermanos, y menores con problemas de salud que requieren un tratamiento especial.

Así que el panorama es abrumador: más de 21.000 menores cuya infancia se extingue día a día en el sistema de protección, ya sea porque están en el limbo jurídico o porque crecen en medio de la llamada lista de “difícil adopción”. El año pasado hubo 1.082 adopciones en toda Colombia. “Realmente hay una sola oportunidad, cuando uno es pequeño, porque después se pasa a ser un muchacho y es más difícil. Toca entonces crecer en el sistema y luego a los 18 años para afuera, mire a ver cómo se defiende en la vida”, dice Kael Sánchez, un joven de 22 años que se hizo adulto en el sistema.

“Indudablemente, buscar la familia extensa de un niño hasta el sexto grado de consanguinidad impuso una mayor complejidad pues extendió los tiempos de la búsqueda. Sin embargo, logramos subsanarlo con la reforma a un artículo del Código de la Infancia y la Adolescencia. A partir de su vigencia la búsqueda de parientes para la ubicación en medio familiar se realiza en el marco de la actuación administrativa, esto es, durante los cuatro meses que dura la misma, o de la prórroga si fuere concedida”, dice Cristina Plazas, directora del Icbf.

Crecer en una institución y no dentro de una familia produce múltiples efectos en el desarrollo de los menores. “Los niños que crecen en instituciones lo hacen con una falta de referencia, de seguridad. Les falta saberse y sentirse importantes para alguien. Para desarrollarse normalmente todo niño necesita que alguien esté loco por él y eso es lo que falta en las situaciones de cuidado colectivo”, explica el doctor Jesús Palacios, experto en psicología y protección infantil.

Un agravante adicional es que a muy pocos adultos con posibilidad de incidir en esta grave problemática les preocupa el asunto. En el Congreso el año pasado hubo una discusión al respecto, convocada por la representante Esperanza Pinzón, pero lastimosamente no logró tener mayor trascendencia. “Los niños no dan votos”, dice alguien que participó en el lánguido debate.

En un nuevo intento por lograr que todas las partes implicadas discutan y se planteen alternativas, una alianza de instituciones autorizadas para operar el programa de adopción está convocando al Primer Congreso Latinoamericano de Adopciones que se realizará en Bogotá (27 y 28 de octubre). Al encuentro vendrán expertos internacionales a discutir la situación de los miles de niños que crecen atrapados en un sistema que por pretender ser muy garantista los está haciendo prisioneros. Al fin y al cabo, les está negando, así sea con las mejores intenciones, las posibilidades de crecer en un hogar donde sean la alegría de la casa.

Fuente: Semana

lunes, 10 de octubre de 2016

Honduras prepara una nueva Ley de Adopciones para agilizar los procedimientos

Actualmente los procesos de adopción en Honduras tardan entre tres y cuatro años, pero de aprobarse una Ley de Adopciones los entes encargados esperan que en seis meses se pueda concluir el proceso que garantiza a los niños y niñas el derecho a tener una familia permanente, que les provea de la protección necesaria para garantizar su desarrollo.



“La importancia de contar en Honduras con esta Ley radica en que se agilizarán los procesos de adopción, debido a que el marco normativo actual ha sido muy disgregado”, expresó la directora de la Dirección de Niñez, Adolescencia y Familia (Dinaf), Lolis Salas, quien ha iniciado jornadas de sensibilización y socialización del anteproyecto de ley que surgió en esta institución desde hace más de dos años.

Según la funcionaria el proceso de adopción actual en el país “está dirigido a satisfacer las necesidades de adultos de formar una familia, no a la necesidad y derecho que tienen los niños y niñas de tener una familia por lo que con la Ley el país estaría complementando algunas disposiciones que se han sugerido en el Comité de Derechos del Niño, tras la comparecencia del Estado de Honduras en mayo de 2015”, destacó.

En ese sentido, la Dinaf recientemente sostuvo un encuentro con profesionales del Derecho, sociedad civil, comisiones representantes del Poder Ejecutivo y Legislativo para recordar la importancia de la normativa que incluso el Poder Ejecutivo remitió hace varios meses al Congreso Nacional.

Durante el evento celebrado en el Colegio de Abogados de Honduras (CAH), se retroalimentó a todos los participantes para la recolección de insumos orientados a apoyar las discusiones cuando el Anteproyecto de Ley sea sometido a debate en el Congreso. Se compartió el procedimiento actual de la adopción, los aspectos psicológicos y socioeconómicos, la propuesta del Anteproyecto de Ley de Adopciones.


“Queremos enfatizar la importancia del derecho que les asiste de tener una familia, así como desarrollar un debate de alto nivel sobre la figura jurídica de la adopción”, insistió Salas, quien recalcó que lo que busca la Dinaf es hacer posible el desarrollo de procesos expeditos sin olvidar estándares enmarcados en el interés superior del niño, seguridad jurídica y transparencia para la declaratoria de abandono del menor, cuando no sea posible el reintegro a sus familias y su comunidad.

Por ello, el tema de niñez es multidisciplinario y la aprobación de una Ley de Adopciones es necesaria para que el tema sea abordado de manera integral, atendiendo los principios rectores que sustentan la Convención sobre los Derechos del Niño, indicó.

Además de Salas participaron en la jornada Teresa Cálix, diputada y miembro de la Comisión de Familia del Congreso Nacional, José María Díaz, presidente del CAH.

Cálix compartió la voluntad y disposición que existe en el Poder Legislativo para poder materializar este Anteproyecto de Ley. Por su parte, Díaz, destacó la importancia de socializar un documento jurídico moderno que retoma el derecho comparado en todas sus latitudes.

Entre los aspectos relevantes que contiene el Anteproyecto están: un procedimiento administrativo donde se declara una adopción que es ratificada por el Poder Judicial a través de un juzgado; se elimina la escritura; se regula el Comité de Asignación; se reforman las disposiciones legales con la tendencia a garantizar los derechos del niño y se adapta el marco normativo existente a la Convención Internacional para la Protección de la Niñez y la Cooperación Internacional en materia de adopciones de La Haya de 1992. (SA)

Fuente: La Tribuna

lunes, 26 de septiembre de 2016

Perú confirma la suspensión de las adopciones por parte de familias extranjeras

La ministra peruana de la Mujer, Ana María Romero, confirma la suspensión de adopciones de niños por extranjeros, ante la revelación de que tres de ellos recibían maltratos de sus padres adoptivos en Estados Unidos.

Además, dijo, se ha declarado que se procederá a una reorganización administrativa dentro del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables (MIMP) de la Dirección General de Adopciones (DGA), ante la necesidad de proteger a los niños y señaló que no hay un adecuado seguimiento a las condiciones en que viven los menores entregados a familias extranjeras.

Además señaó que existen informes incompletos sobre el monitoreo que se debe realizar a los niños durante los cuatro primeros años de la adopción.'"No contamos con informes post adoptivos y necesitamos 30 días para que una comisión evalué y proponga recomendaciones para la reforma y gestión interna de la dirección', agregó.

Las medidas fueron tomadas tras descubrirse en Kansas, Estados Unidos, que tres menores peruanos eran agredidos por sus padres adoptivos y Romero añadió que el Departamento norteamericano de Estado no ha informado sobre la situación de otros diez niños en manos de familias de ese país.

Fuente: Prensa Latina

martes, 13 de septiembre de 2016

El gobierno de Panamá trata de agilizar los procesos de adopción

La directora de la Secretaría Nacional de Niñez, Infancia, Adolescencia y Familia (Senniaf), Jazmín Cárdenas, explicó que se deben cumplir con una serie de requisitos específicos para completar un proceso de adopción en Panamá. 
Agregó que se está constituyendo una comisión conformada por personal de la institución y de la sociedad civil para revisar las disposiciones de la Ley y prestar primordial atención a los tiempos que se toma completar un proceso de adopción.

Aclaró que la adopción es una institución jurídica de protección que se aplica como última medida, para garantizar que el niño pueda tener convivencia familiar, ya sea con su familia consanguínea o con otro medio familiar.

En Panamá hay más de 2 mil niños huérfanos o abandonados, pero no necesariamente todos están en procesos de adopción y quien decreta el estado de adopción es un juez de familia y no la Senniaf.

En los dos últimos años se han recibido 45 solicitudes de adopción, en todo el país. 

La Secretaria del Seniaf ha dado un término de 18 meses para que las personas que tienen un menor bajo su cuidado de manera informal, se presenten ante  esta instancia a regular  su situación como familias acogentes, tal como lo señala la ley de adopción. Cárdenas destacó que la medida obedece a la necesidad de tener un control sobre los casos de menores que no están viviendo al cuidado de sus padres.

Indicó que en Panamá existe la tradición  que cuando los padres no están en condiciones económicas para mantener a sus hijos se les entregan al cuidado de un vecino o una persona allegada,  y ese menor crece sin ningún tipo de protección legal que le puede proveer la adopción formal.

Recientemente,  la opinión pública fue testigo de una controversia entre el Seniaf y una familia que tenía bajo su cuidado a una niña y aspiraba a convertirse en familia acogente; este caso le costó el cargo a la directora de la entidad en mención en ese momento, Idalia Martínez.

La nueva jefa del Seniaf asegura que la intención de la entidad es velar por el interés de los menores, por tal motivo abogó por más tribunales de Niñez y Adolescencia para que se puedan agilizar los procesos.

En estos momentos hay al menos 80 niños en estado de adoptabilidad, es decir que sus padres biológicos han perdido la patria potestad en los juzgados de niñez y adolescencia.

Fuente: PANAMÁ AMÉRICA

lunes, 13 de junio de 2016

El estado mexicano de Morelos aprueba la adopción por parejas homosexuales

El estado mexicano de Morelos abre las adopciones a matrimonios del mismo sexo. Asi lo ha confirmado Luis Ortiz Sakgado, Procurador de la Defensa del Menor y la Familia del Sistema DIF en Morelos. "Las adopciones de niños dieron un vuelco radical en esta administración, y se atajaron todo tipo de conductas irregulares cometidas en la administración anterior, dijo Ortiz Salgado.

“Se cometieron todo tipo de situaciones irregularidades y conductas delictivas para determinar qué niño querían, y las autoridades, en otras administraciones, accedían a que los niños fueran escogidos como si fueras a un lugar donde tu vas a adoptar un perrito y dices ‘a ver qué perrito me gusta’”, afirmó.


En el Foro Diario de Morelos, cuyo tema desarrollado fue “Adopción de niños, el dilema”, Ortiz Salgado afirmó que el Sistema DIF tiene la primera petición de una pareja del mismo sexo para adoptar a un menor, y en caso de cumplir con todos los requerimientos, podrán adoptar.

Cambios

En el caso de los cambios que realizó esta administración para entregar niños en adopción, el procurador afirmó que se diseñó todo un proceso vigilado, supervisado y autorizado por un consejo multidisciplinario cuyos integrantes determinan finalmente si es o no viable entregar al menor a las parejas solicitantes.

“Ya no es como antes”, dijo Ortiz Salgado, cuando bastaba con conocer a algunas autoridades para ingresar a los albergues y elegir al niño de su preferencia. “Ah ve allá a los albergues y a ver qué niño te gusta para que lo adoptes”, decían en ese tiempo.

“Entonces había denuncias porque se sobornaba a las autoridades de los albergues, porque daban preferencia a parejas; no había un orden de lista. Había parejas que nada más porque tenían sus conocidos en las autoridades responsables de estos procesos de adopción, los favorecían”, relató el procurador.

Ahora, un Consejo Técnico, donde está representada la ciudadanía, cuenta con un cuerpo multidisciplinario y se sigue una ciencia y técnica específica para escoger familias, analizar sus perfiles, su contexto socioeconómico, y en caso de aprobar se vuelven candidatos y pasan a una lista de espera. “Con el trabajo multidisciplinario que hacemos con los chavos y los niños vemos qué niños tienen le perfil para adaptarse a esos candidatos, y cuando ya se se tiene seleccionado al niño, derivado de un riguroso estudio sicológico, médico, de trabajo de compatibilidad con el niño, ahora sí se los presentamos”, describe Luis Ortiz.

“Los solicitantes no ven al niño hasta la etapa de preadopción. Simplemente los presentamos, pero no se les da enseguida sino que tienen que ir cada semana para ver cómo es el proceso de adaptabilidad. Los sicólogos observan el convivio y, dependiendo si ya se inició el juicio de adopción, empieza un proceso de adaptabilidad de los padres adoptivos con el niño”, afirmó el procurador

En control. Justino Miranda, entrvistó al Procurador de la Defensa del Menor y la Familia, quien describió los cambios que han hecho al proceso para que las parejas puedan adoptar.

"Con el trabajo multidisciplinario que hacemos con los chavos y los niños vemos qué niños tienen le perfil para adaptarse a esos candidatos, y cuando ya se se tiene seleccionado al niño (...) los presentamos.” Luis Ortiz Salgado, procurador de la Defensa del Menor

Adopción por parejas del mismo sexo

Según el Procurador de la Defensa del Menor y la Familia, las parejas del mismo sexo ya pueden adoptar porque se los permite la Ley de Matrimonios Igualitarios. Es un proceso donde se va a tratar a estas personas por igualdad de circunstancia y serán sometidas a la etapa de certificación como cualquier otra pareja heterosexual.

“Es algo que tenemos que visualizar, y también aquí tenemos que tener todo el respaldo de que la pareja que va adoptar va a tener la posibilidad con sus características propias del matrimonio”, dijo Ortiz Salgado.

Agregó que hace dos semanas recibieron la primera solicitud de un matrimonio de dos hombres que se casaron en el Distrito Federal y que presentaron su solicitud de adopción.
Ellos viven en Morelos y quieren adoptar, por lo que se les explicó el procedimiento como a cualquier otra pareja, para que vean los requisitos que deben cumplir y ya el consejo técnico de adopciones determinará, expuso. 

Por ahora la Ley de Matrimonios Igualitarios está siendo debatida en los 33 municipios del estado de Morelos y cuatro de ellos ya se pronunciaron a favor.

Proceso de adopciones:

Las parejas acuden por asesoría y presentan su solicitud de adopción.
Si cumplen con los requisitos se les capacita en un taller para padres.
Se someten a una evaluación psicológica, médica y de trabajo social.
Pasan por una certificación del Consejo Técnico de Adopciones.
Se les envía a la lista de espera.
Inicia el proceso de preasignación por el Consejo.
Se realiza la presentación y vinculación entre los solicitantes y el menor.
Se realizar una ficha de empatía.
Inicia el juicio de adopción.
Inicia el seguimiento de adopción cada seis meses.
Acuden al Registro Civil .

viernes, 22 de abril de 2016

El gobierno peruano reconoce que vivir en familia es un derecho básico y fundamental para el desarrollo integral del ser humano

El Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables (MIMP) está promoviendo la adopción prioritaria de 329 niños, niñas y adolescentes (NNA), mayores de 9 años, de los cuales 148 tienen necesidades especiales, 111 son grupos de hermanos, 45 son adolescentes, 17 presentan problemas de salud y 8 son niñas y niños de 9 a 12 años de edad.

El Ministerio de Infancia y Mujer en Perú (MIMP) reconoce que vivir en familia es un derecho básico y fundamental para el desarrollo integral del ser humano, por ello, a través de la Dirección General de Adopciones, busca brindar un hogar definitivo a cada NNA, susceptible de ser adoptado, respetando su interés superior y la selección rigurosa de las eventuales familias que desean adoptar.

Hasta febrero pasado, del grupo de adopciones prioritarias, fueron adoptados 11 niñas y niños, 3 por familias peruanas y 8 por familias extranjeras.

Asimismo, entre enero y febrero 27 niñas, niños y adolescentes NNA fueron adoptados, 12 por familias peruanas y 15 por extranjeras. El 2015 se realizaron 176 adopciones, 104 por familias peruanas y 72 por extranjeras.

A la fecha, 245 familias aptas se encuentran en lista de espera para adoptar un NNA, 58 son personas solteras. Del total de familias interesadas en la adopción, 217 son peruanas y 82 son extranjeras.

Para que un NNA pueda ser adoptado tiene que haber una declaración que dé cuenta de su situación de abandono, que la emite el Poder Judicial.

Previamente, el MIMP tiene que hacer una investigación que toma 8 meses en promedio y luego solicita la declaración de abandono que debería tomar no más de 3 meses.

Mensualmente los juzgados declaran en abandono entre 10 a 12 niñas, niños y adolescentes.

Los adultos que pretendan adoptar a un menor pueden ser solteros, parejas por unión de hecho o casados; deben gozar de buena salud física y mental, y acreditar solvencia moral y económica.

El proceso de selección dura 7 meses, 3 de capacitación y 4 de evaluación psicológica y legal. Al final, pasan a integrar la única lista de adoptantes en espera.

domingo, 17 de abril de 2016

Información sobre la adopción en Puerto Rico

En el Estado de Puerto Rico la adopción debe tramitarse a través de una Ecai o agencia de adopción autorizada por el gobierno puertorriqueño. No existen antecedentes de familias españolas que hayan adoptado en Puerto Rico. Tampoco existe en España alguna ECAI autorizada para tramitar las adopciones de menores puertorriqueños.

(Información actualizada en abril de 2016)



QUIEN PUEDE SER ADOPTADO:

- Menores de edad no emancipados
- Menores de edad emancipados por decreto judicial o por concesión de los padres
- Menores huérfanos de ambos padres y que carecen de otros familiares con los que hubiesen establecido lazos afectivos.
- Menores cuyos padres deciden renunciar a la patria potestad
- Menores considerados como adoptables
- Menores en estado de abandono y que se desconozca su procedencia

QUIEN PUEDE ADOPTAR:

- Residentes al menos los 6 meses anteriores a la solicitud de adopción y de manera ininterrumpida.
- Ser mayor de 18 años
- Tener al menos 14 años más que el menor adoptado.
- Matrimonios, solteros, viudos y divorciados.
- Parejas homosexuales.



DOCUMENTOS QUE FORMAN PARTE DEL EXPEDIENTE DE ADOPCIÓN:

- Certificado de Idoneidad
- Informe psicosocial
- Pasaporte en Vigor
- Certificado de antecedentes penales
- Certificado médico oficial
- Certificado de Nacimiento
- Certificado de Matrimonio
- Certificado de la última declaración de la renta

PROCEDIMIENTO:

Las solicitudes de adopción deben presentarse ante la Administración de Familias y Niños (ADFAN) del Departamento de Familia y a la hora de asignar a un menor se tendrá en cuenta la antigüedad de la solicitud. Los menores propuestos para la adopción serán sometidos a un examen médico y contarán con un estudio social y familiar donde se reflejarán todos los datos conocidos del menor adoptable. Para el gobierno puertorriqueño tendrán prioridad para adoptar los familiares del menor, siempre y cuando sean considerados idóneos para adoptar y hasta el tercer grado de consangüineidad.

Registro Estatal Voluntario de Adopción de Puerto Rico (REVA) es el organismo donde están inscritos todos los menores adoptables en el país. La adopción se constituye a través de una sentencia de adopción emitida por un tirbunal de Puerto Rico.



PLAZOS DE ESPERA:

Por ley el procedimiento de adopción será expedito y deberá ser terminado en su totalidad dentro del término máximo de 120 días, a partir de la presentación de la petición de adopción y hasta su resolución.
- Si los solicitantes tienen ya el/la candidato(a) a adopción , deben hacer la petición al Tribunal de Primera Instancia como corresponde.
- Si los solicitantes no tienen el/la candidata(a) a adopción, pueden visitar la Unidad de Adopción más cercana a su residencia.

AUTORIDADES EN MATERIA DE ADOPCIÓN:

ADFNA
PO Box 194090
San Juan, PR00919-4090

Edificio Lila Mayoral #306
Ave. Barbosa
San Juan
Puerto Rico

martes, 12 de abril de 2016

Aumentan las presiones para aprobar la adopción homosexual en Ecuador

“No estoy de acuerdo con la adopción de niños por parte de parejas del mismo sexo, porque creo que la naturaleza algo de razón debe tener y que los niños deben estar en la familia tradicional, conformada por hombre y mujer”. Estas eran las palabras con las que Rafael Correa, presidente de Ecuador, se oponía en 2013 a la adopción de niños por parte de parejas homosexuales.


En aquel momento también subrayó que la ideología de género era “peligrosísima” para el país y criticó que se tratara de imponer esa forma de pensamiento. Las críticas que recibió a causa de estas declaraciones por parte de los defensores y promotores de la ideología de género cambiaron la posición de Correa, que tan sólo un año después aseguró que su Gobierno era el que más había trabajado por los derechos del colectivo LGTBI.

En el año 2014, Ecuador reconocía las uniones civiles entre personas del mismo sexo, lo que suponía para estas parejas contar con todos los derechos del matrimonio excepto la adopción conjunta. Ecuador no abrió completamente la puerta a la ideología de género al seguir estableciendo en la Constitución que “el matrimonio es la unión entre hombre y mujer” y no permitir la adopción de niños por parte de parejas homosexuales.

Ahora, sin embargo, aumentan las presiones al Gobierno de Correa para que apruebe las adopciones por parte de parejas del mismo sexo. El caso que ha reabierto el debate sobre el tema lo protagonizan dos lesbianas inglesas que residen en Ecuador desde hace ocho años y que tienen una niña de cuatro que nació fruto de la inseminación artificial de una de las mujeres.

Helen Bicknell y Nicola Rothon decidieron inscribir a la niña en el Registro Civil de Ecuador con los apellidos de las dos en el año 2012. Sin embargo, al llegar al registro les informaron de que las leyes del país- que no contemplan la adopción por parte de parejas homosexuales- sólo permitían inscribir a la niña como hija de su madre biológica, de tal forma que en su carné de identidad sólo figuraría el apellido de la mujer que la concibió.

A partir de ese momento, Bicknell y Rothon iniciaron una batalla legal para poder inscribir a la niña con los apellidos de las dos mujeres, negándose a aceptar lo establecido por las leyes ecuatorianas. En Reino Unido, sin embargo, la niña sí ha sido inscrita como hija de ambas mujeres y tiene la ciudadanía inglesa. La negativa de la pareja a inscribir a la menor con un apellido ha supuesto que durante cuatro años no haya sido reconocida como ciudadana ecuatoriana.

El caso ha llegado hasta la Corte Constitucional de Ecuador, donde la pasada semana se escucharon los alegatos de la pareja. Bicknell y Rothon llegaron el pasado 30 de marzo de 2016 a la Corte Constitucional en Quito acompañadas por activistas del colectivo LGTBI, que han aprovechado este caso para volver a reivindicar la aprobación del matrimonio homosexual y de la adopción de niños por parte parejas del mismo sexo.

La Corte Constitucional deberá decidir ahora sí sucumbe a las presiones de la pareja demandante o mantiene la decisión que hasta el momento ha tomado la justicia ecuatoriana de respetar las leyes establecidas.

Fuente: Infovaticana
Texto: Lola González Giraldós

domingo, 3 de abril de 2016

¿Adopciones ilegales en Nicaragua? El temor de las familias a las que les quitan sus hijos

De nada sirvieron los gritos, ni las lágrimas. La familia de la pequeña Fraydell Castillo reclamó por varios medios que la devolvieran, después de que hace algunos meses fue sustraída por el Ministerio de la Familia porque supuestamente estaba en abandono. El último día hábil, antes de las vacaciones de Semana Santa, la justicia de Nicaragua declaró a la menor en total abandono.

"La niña no estaba en desamparo, porque me tenía a mí, tenía a su papá y a mi mamá”, dice su madre biológica Elba Cruz, quien no la ve desde octubre pasado, y tampoco le han dicho cómo ni dónde se encuentra.

Cuando la institución llegó por la niña, ella se encontraba al cuidado de su abuela materna, Ana Francisca Gómez, mientras su madre trabajaba como empleada doméstica. Dice que los funcionarios del Ministerio la arrebataron de su andarivel y solo le dijeron que llegaban por ella.

El abogado de la familia, Edgard Araúz, asegura que no fueron comunicados que el Ministerio entabló un proceso judicial para declarar a la niña en desamparo. A pesar que ellos son de una población rural llamada San Juan de Limay en Estelí, a unas cinco horas de Managua, el juicio se realizó en la ciudad de Jinotepe al otro lado del país.

“Debió haber sido en todo caso en la cabecera departamental, que es Estelí o en su defecto en su defecto el lugar donde está asentado en el Consejo Nacional de Adopción, que en este caso no es este municipio, sino que debió haber sido en Managua”, dice el abogado. Ahora apelarán la sentencia. Su mayor miedo es que la pequeña sea dada en adopción.

Pero este caso no es el único: Sidney Romero dice que el Ministerio también le quitó a sus dos hijas. Por falta de recursos tuvo que acudir a la Defensoría Pública para que lleve su caso, pero dice que todo esfuerzo ha sido en vano, ya que no le dan respuesta. “Me están quitando el cariño de ella y ahora que me digan que me la van a dar en adopción, como que yo no parí, como que yo no tuve”, dice consternada.

Jennifer Zeledóno dice que a ella también le quitaron a su hijo cuando tenía un mes de nacido, y ella enfrentaba una depresión postparto. “Yo necesito saber qué van a hacer con el niño, el niño no se puede ir en adopción, porque el niño tiene quien responda por él”, reclama la joven madre.

Estos casos los dio a conocer el Centro Nicaragüense de Derechos Humanos, que asegura que en los últimos meses  ha recibido seis denuncias de este tipo, las cuales incluyen al menos ocho niños. La organización asegura que el Ministerio de la Familia no está siguiendo el proceso correctamente.

Según el Código de la Niñez y la Adolescencia, el Ministerio de la Familia brindará protección cuando un menor se encuentre en situación de riesgo. Para ser dados en adopción, la primera opción serán sus familiares consanguíneos. Un proceso que supuestamente se está omitiendo, o se está llevando a cabo irregularmente.

“Los casos que tenemos dicen que los dieron en adopción o están para darse en adopción y nosotros no tenemos participación de eso”, asegura Gonzalo Carrión, del Centro Nicaragüense de Derechos Humanos.

CNN intentó comunicarse con el Ministerio de la Familia para saber qué tienen que decir al respecto pero no ha recibido respuesta y tampoco han reaccionado a las denuncias públicas sobre los menores.

Fuente: CNN

domingo, 27 de marzo de 2016

Los colombianos tendrán prioridad para adoptar frente a las familias extranjeras

La Sala Plena de la Corte Constitucional avaló la norma que advierte que al momento de un trámite de adopción de menores de edad habrá prioridad para las familias colombianas que presenten su solicitud frente a una extrajera.

Explicó la Corte que con esa decisión no se afectan los derechos fundamentales de quienes realizan los trámites para adoptar en el país, pues la ley es clara en señalar que cuando una familia colombiana esté residente en otro país y haya presentado su solicitud de adopción al Instituto de Bienestar Familiar, debe darle la prioridad frente a la extranjera.

Para la Corte Constitucional no existe discriminación pues lo que se busca es el bienestar de los niños colombianos que buscan un hogar acorde a sus arraigos culturales.

Fuente: Caracol.com


sábado, 30 de enero de 2016

Información sobre la adopción en Paraguay

En España no existen datos de adopciones de menores paraguayos por parte de familias españolas, solo se conocen los menores adoptados desde Estados Unidos en el año 2011. Paraguay firmó el Convenio de La Haya en materia de adopción.

Actualmente la Ley de Adopción de Paraguay no admite solicitudes de adopciones internacionales y la familia adoptiva debe residir permanentemente en Paraguay o ser paraguaya.



QUIEN PUEDE ADOPTAR:

Los adoptantes deben tener entre 25 y 50 años de edad
Los matrimonios deben ser mixtos y con al menos 3 años de antigüedad
Se admiten solicitudes de mujeres solteras
No se admiten solicitudes de hombres solteros
No se admiten solicitudes de personas que padezcan enfermedades contagiosas o mentales

QUIEN PUEDE SER ADOPTADO:

Menores abandonados o huérfanos

PROCEDIMIENTO:

Las solicitudes deben presentarse a través de una Ecai autorizada. Es el Centro de Adopciones del Gobierno de Paraguay el que recibirá la información sobre el adoptante y el encargado de buscar a un menor para la familia adoptiva .El menor debe ser declarado en estado de adopción mediante una sentencia dictada por un Juez de la Niñez y la Adolescencia.

El Centro de Adopciones es monitoreado por el Consejo Directivo del Centro de Adopciones, el cual está integrado por un representante del Ministerio Público, del Sistema Nacional de la Infancia y Adolescencia, del Ministerio de la Mujer y de organismos no gubernamentales.

La evaluación, capacitación y valoración de idoneidad son atribuciones del Centro de Adopciones. Atendiendo al interés superior de la niña, niño y adolescente se busca la mejor familia para una niña, niño o adolescente y no una niña, niño o adolescente para una familia. Es decir, atendiendo a las necesidades del niño/a se postula a la familia que pueda dar respuesta a estas necesidades, viendo siempre las capacidades de cada postulante, la motivación y las expectativas de la niña, niño o adolescente a adoptar.



DOCUMENTOS DEL EXPEDIENTE DE ADOPCIÓN:
  • Carnet de identidad.
  • Certificado de nacimiento
  • Antecedentes policiale.
  • Antecedentes penales
  • Certificado de vida y residencia
  • Certificado de no poseer enfermedades infectocontagiosas, visado por el Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social.
  • Certificado de no poseer trastornos psicóticos ni deficiencia mental, visado por el Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social (MSP y BS).
  • Certificado laboral de ingresos
  • Para personas dependientes: Certificado de trabajo.
  • Para personas independientes: Declaración Jurada de Impuestos (I.V.A. y/o I.R.P.), presentación de los 3 últimos.
  • Certificado de no ser contribuyente.
  • Certificado de inscripción como aportante del IPS (obrero patronal)
  • Certificado de matrimonio o constancia de concubinato (de 3 años en caso de matrimonio y más de 4 años de convivencia para casos de unión de hecho).
  • Sentencia de juicio de divorcio (para personas divorciadas).
  • Sólo para extranjeros: carnet de residencia permanente (de más de 3 años) expedido por la Dirección de Migraciones y visado por el Ministerio de Relaciones Exteriores.
  • Solo para extranjeros: certificado de antecedentes de INTERPOL
  • Foto carnet actualizada de cada adoptante

AUTORIDAD COMPETENTE:

El Centro de Adopciones tiene un Consejo Directivo integrado por:
  • Un representante del Ministerio Público
  • Un representante del  Sistema Nacional  de la Infancia y Adolescencia
  • Un representante de la Secretaría de la Mujer
  • Un representante de Organismos no gubernamentales.
Centro de Adopciones (Adoption Center) 
Avenida Mariscal Lopez 1549 c/Pitiantuta, Asunción
Teléfono: 595-21-207-160

PLAZOS:

Para concluir un expediente de adopción en Paraguay los tiempos de espera están entre los 10 meses y los dos años, desde el momento en que el menor es declarado adoptable.

lunes, 4 de enero de 2016

Mas de 150 niños abandonados fueron adoptados en Perú durante 2015

Un total de 151 niños en situación de abandono hallaron  una familia durante el 2015, según el Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables de Perú.

Su titular, Marcela Huaita, indicó que del total, 42 fueron adopciones prioritarias, es decir, de niños mayores de 3 años, hermanos en ciertos casos y con alguna discapacidad, y 109 fueron niños menores de 8 años que no tienen ningún problema de salud.

Para las adopciones prioritarias, el tiempo de evaluación del adoptante es menor a los tres años comunes, dijo Huaita. “Cuando desean un pequeño con determinadas características, entran a una lista de espera porque tenemos muchas familias que tienen el mismo perfil y vamos viendo la identificación de los niños con las familias”.

Por otro lado, la ministra  señaló que otro avance que se ha hecho es la reducción de tiempo para declarar un niño en situación de abandono.

Fuente: La República. Pe