domingo, 28 de septiembre de 2014

La nueva ley de derechos de la niñez facilitará procesos de adopción en México

La nueva ley de derechos de la niñez incluye disposiciones para facilitar y vigilar el proceso de adopción, a fin de procurar que todos los menores de edad vivan en familia y su estancia en albergues sea lo más breve posible, pues el gobierno federal y el Congreso de la Unión están decididos a que nunca más se repita un caso como el de La Gran Familia.

Ordena, por ejemplo, que las nuevas Procuradurías de Protección contarán “con un sistema de información que permita registrar a las niñas, niños y adolescentes cuya situación jurídica o familiar permita que sean susceptibles de adopción, así como el listado de las personas solicitantes de adopción, adopciones concluidas e informar de manera trimestral a la Procuraduría de Protección Federal”.

Incluye que los responsables de los procesos deben verificar que “la adopción no sea motivada por beneficios económicos para quienes participen en ella”.


Las senadoras Diva Gastélum, Hilda Flores, Angélica de la Peña y Martha Elena García, responsables del proceso legislativo para crear la Ley General de Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes, explicaron que este nuevo instrumento jurídico incluye medidas como el censo estricto de niños en albergues, el listado nacional de solicitantes de adopción, la situación jurídica y de familia de los infantes y la responsabilidad de los gobiernos municipales, estatales y federal en el funcionamiento de los albergues, ahora llamados Centros de Atención, pues el hecho de que muchos sean establecimientos privados no significa que los niños, niñas y adolescentes dejen de ser responsabilidad del gobierno.

Recordaron que estará prohibido que los menores de edad estén de manera indefinida en un Centro de Asistencia Social, por lo que se promoverá su adopción para respetar a cabalidad su derecho a vivir en familia.

Colocado en el capítulo de Derecho a Vivir en Familia, el tema de adopciones dispone que las personas interesadas en adoptar a un menor de edad que esté bajo la tutela del DIF y las Procuradurías de Protección presentarán su solicitud; en el ámbito de sus respectivas competencias, estas instancias realizarán las valoraciones sicológicas, económicas, de trabajo social y todas aquellas para determinar la idoneidad de quienes soliciten la adopción, y emitirán el certificado de idoneidad.

“La asignación de niñas, niños y adolescentes sólo podrá otorgarse a una familia de acogida pre-adoptiva que cuente con certificado de idoneidad”; dispone también que “se procurará no separar a hermanas, hermanos, pero si hubiere necesidad de ello, se establecerán medidas para que mantengan vínculos de convivencia, contacto y comunicación permanente”.

Una vez consumada la adopción, las autoridades estarán obligadas a dar “seguimiento a la convivencia entre ellos y al proceso de adaptación conforme a su nueva situación, con el fin de prevenir o superar las dificultades que se puedan presentar”.

“En caso de que las Procuradurías de Protección constaten que no se consolidaron las condiciones de adaptación de niñas, niños o adolescentes con la familia acogida pre-adoptiva, procederá a reincorporarlos al sistema que corresponda y se realizará en su caso, una nueva asignación”, dice.

En el proceso de adopción, las leyes federales y estatales deberán contener disposiciones mínimas que prevean que los menores de edad “sean adoptados en pleno respeto de sus derechos, de conformidad con el principio de interés superior de la niñez; asegurar que se escuche y tome en cuenta la opinión de niñas , niños y adolescentes de acuerdo con su edad, desarrollo evolutivo, cognoscitivo y grado de madurez”; de igual forma, ofrecer asesoramiento jurídico para quien consienta la adopción como para quienes la acepten.

Para las adopciones internacionales, añade que “el estado dará seguimiento a la convivencia y proceso de adaptación conforme a su nueva situación, con el fin de prevenir o superar las dificultades que se puedan presentar hasta en tanto culmine el proceso de cambio de nacionalidad o cumpla la mayoría de edad”.

Tendrá DIF procuraduría

Otra de las innovaciones de esta nueva ley es que ordena que “para una efectiva protección y restitución de los derechos de niñas, niños y adolescentes, la Federación, dentro de la estructura del Sistema Nacional DIF, contará con una Procuraduría de Protección” y este modelo se tendrá a nivel estatal.

Así, será la encargada de procurar a los menores de edad una protección integral que incluye atención médica y sicológica, seguimiento a las actividades académicas y entorno social y cultural; la inclusión, en su caso, de quienes ejerzan la patria potestad, tutela o guarda y custodia de niñas o niños en las medidas de rehabilitación y asistencia.

También de “prestar asesoría y representación en suplencia a niñas, niños y adolescentes involucrados en procedimientos judiciales o administrativos, sin perjuicio de las atribuciones que le correspondan al Ministerio Público, así como intervenir oficiosamente con representación, coadyuvante en todos los procedimientos judiciales y administrativos en que participen niñas, niños y adolescentes”.

Los presidentes de los órganos de gobierno del Senado, Luis Miguel Barbosa, de la Mesa Directiva, y Emilio Gamboa, de la Junta de Coordinación Política, anunciaron que el acuerdo construido entre las principales fuerzas políticas permitirá que mañana el pleno apruebe la nueva Ley General de Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes.

Emilio Gamboa, también líder de los senadores del PRI, detalló el procedimiento, pues dijo que “la vamos a ver el día de mañana, si las comisiones pueden sesionar, para ver qué dice el presidente, y el miércoles en una sesión extraordinaria se apruebe esta ley, que es una deuda para los mexicanos desde hace 20 años: la Ley General para la Protección de Niñas, Niños y Adolescentes”.

“Creo es un trabajo, otra vez, un acuerdo político en el Senado de la República, que sin duda alguna quienes van a tener este beneficio serán las niñas, los niños y los adolescentes de este país”, resaltó.

La nueva ley propuesta por el presidente Enrique Peña Nieto y construida con observaciones de legisladoras del PRI, PAN y PRD, junto con especialistas y organizaciones especializadas como la ONU, a través de Unicef, crea un catálogo de derechos para los menores de edad, entre ellos prohibir que sean usados como rehenes de sus padres en procesos de divorcio.

De igual forma, prohíbe que una niña o un niño sean obligados a casarse, aun con el permiso de sus padres; hace corresponsables a todos los niveles de gobierno de los albergues públicos y privados e incluye la migración interna, como la que realizan los jornaleros, como parte de la protección de los niños migrantes.

El domingo, las y los senadores involucrados en el proceso cerraron la negociación con el Consejero Jurídico de Presidencia de la República, Humberto Castillejos, y ayer, Emilio Gamboa resaltó el avance.

“Dejar en claro que esta iniciativa que envió el Presidente, ya tenía inquietudes del PRD, de Acción Nacional y del PRI, y para eso está el Congreso; el Congreso está para mejorar las leyes. Fue un trabajo de seis comisiones, que se llevó a cabo durante 15 días, y yo me lleno de satisfacción que ayer por la noche se me haya reportado que han terminado el 99.9 por ciento de esta iniciativa”, afirmó.

La aprobación de esta nueva ley general de derechos de las niñas, niños y adolescentes dependerá de que mañana a temprana hora los integrantes de las seis comisiones unidas que procesan este tema hayan concluido la discusión y aprobación, luego de que tendrán 24 horas para analizarla, ya que el dictamen lo recibirán la mañana de hoy.

Fuente; Punto de Vista

domingo, 21 de septiembre de 2014

Argentina Impulsa profundos cambios en la ley de adopciones

Ates de fin de año, oficialismo y oposición prevén avanzar en la Cámara de Diputados en una nueva ley de adopción. La iniciativa, con la que se pretende agilizar un trámite hoy por demás lento y burocrático, contiene importantes innovaciones que prometen desatar varias polémicas.

La base de la discusión legislativa será el capítulo sobre adopción incluido en el proyecto de reforma del Código Civil, cuya sanción está trunca por diferencias políticas. Entre las novedades que se proponen figura el derecho del adoptado (inclusocuando fuese menor de edad) a conocer su identidad y sus orígenes.

Otro punto importante es que, a partir de los diez años, el niño o adolescente debe prestar su consentimiento sobre su adopción. Además, se incorpora la "adopción de integración", es decir, la posibilidad de adoptar al hijo del cónyuge o conviviente.

El debate arrancará en los próximos días en un plenario de las comisiones de Legislación General y de Familia de la Cámara baja. La propuesta que llevará el oficialismo es casi calcada del proyecto de reforma del Código Civil, aunque no incluyó por ahora a los convivientes como potenciales adoptantes. Sí lo hizo, en cambio, el diputado Felipe Solá, del Frente Renovador y presidente de la Comisión de Familia, que presentó su propio proyecto.

Éste será uno de los puntos de debate, aunque el oficialismo ya anticipó que incluirá a los convivientes como adoptantes. "Nuestra intención es avanzar en una ley que logre el mayor consenso posible, por eso vamos a escuchar a todas las voces", enfatizó la diputada del Frente para la Victoria Mara Brawer, vicepresidenta de la Comisión de Familia y autora, junto a la también kirchnerista Anabel Fernández Sagasti, de la propuesta oficialista.

El diputado Solá celebró que el kirchnerismo finalmente dé el debate. "En la actualidad hay unos 14.000 niños y adolescentes sin cuidados parentales, y para muchos de ellos la adopción es la única opción legítima para vivir y desarrollarse en una familia que los cuide, que les dé afecto y que cubra sus necesidades", enfatizó.

El nuevo régimen contemplaría un procedimiento judicial más ágil para concretar el trámite de adopción. Éste se inicia con una "declaración judicial de adoptabilidad", por la cual el juez define si un niño, niña o adolescente cumple efectivamente con las condiciones para ser adoptado. El proyecto le otorga al magistrado un plazo de 90 días para decidir esta situación.

Luego, el juez seleccionará a los adoptantes, inscriptos previamente en el registro correspondiente, y les otorgará el menor en guarda por un plazo que no debe superar los seis meses. Vale remarcar que la iniciativa prohíbe la entrega directa de menores mediante escritura pública.

Una vez cumplido el período de guarda, el juez inicia el juicio de adopción. La iniciativa comprende tres tipos: adopción simple y plena (como en el actual Código Civil) y la de integración que, como se dijo, permite la adopción del hijo de un cónyuge o convivente.

Una de las novedades más controvertidas que incluiría el nuevo régimen es que quienes adopten deberán firmar una declaración -que se incluirá en el expediente- en la que se comprometen a que el adoptado conozca sus orígenes y tenga acceso al trámite.

En este sentido, el adoptado puede acceder, cuando lo requiera, al expediente judicial y administrativo en el que se tramitó su adopción y a otra información que conste en registros judiciales o administrativos.

Uno de los requisitos para adoptar es que el adoptante sea por lo menos 16 años mayor que el adoptado (hoy la ley establece una diferencia 18 años como mínimo), excepto cuando el cónyuge o conviviente adopta al hijo del otro cónyuge o conviviente. Otros requisitos son los siguientes:

*Residencia: el adoptante deberá tener residencia permanentemente en el país por un período mínimo de cinco años anterior a la petición de la guarda con fines de adopción y estar anotado en el registro creado a estos fines. Este plazo no se exigirá a las personas de nacionalidad argentina o naturalizadas.

*Edad: sólo podrán adoptar aquellos que hayan cumplido 25 años (hoy la ley exige 30 años como mínimo).

Fallecimiento de adoptante: cuando la guarda se otorgue durante el matrimonio o concubinato y el período legal se complete después del fallecimiento de uno de integrantes de la pareja, el juez podrá otorgar la adopción al sobreviviente y generar vínculos jurídicos de filiación con ambos.

Por otra parte, el proyecto de ley prohíbe las llamadas "guardas puestas", es decir, aquellas situaciones en las que una pareja que quiere adoptar un niño o una niña se pone en contacto con una mujer embarazada (a través de abogados o escribanos) que en situación social precaria estaría dispuesta a entregar el bebe.

LOS PUNTOS MÁS IMPORTANTES

Orígenes

El adoptado tiene derecho a conocer sus orígenes: puede acceder cuando lo requiera al expediente en el que se tramitó su adopción

Hermanos

Se prioriza la adopción de grupos de hermanos en la misma familia adoptiva o, en su defecto, el mantenimiento de vínculos jurídicos entre los hermanos

Consentimiento

El adoptado tiene derecho a ser oído; por tal motivo, será obligatorio requerir su consentimiento a partir de los 10 años

Trámite más corto

El trámite de adopción sería más corto. El juez tiene 90 días para definir la situación de adoptabilidad de un menor y la guarda no podrá exceder los 6 meses.

Fuente: La Nación